Ex Jóvenes del Sistema de Crianza y la Ley de Salud a Bajo Precio

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La Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio

La Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA) es un nuevo programa de seguro médico federal integral diseñado para proporcionar acceso a la cobertura de seguro de salud a más personas y establecer protecciones legales para los consumidores.

¿Cuál es la disposición de la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio para jóvenes que estaban en el sistema de cuidado  temporal o de crianza?

Una de las disposiciones más populares de la ACA permite que los niños menores de 26 años de edad permanezcan en el seguro de salud de sus padres. Reconociendo que los niños que son dados de alta del sistema de cuidado de crianza no tienen la opción de permanecer en el seguro de sus padres, la ACA incluye una provisión para los adultos jóvenes que sean dados de alta del sistema de cuidado de crianza temporal o de crianza para permanecer en el programa de Medicaid hasta los 26 años, independientemente de sus ingresos o recursos.

¿Quién es elegible?

Para ser elegible, un joven debe cumplir con todos los criterios siguientes:

  • El joven dado de alta debe haber estado bajo la custodia de un comisionado de un departamento de servicios sociales local o del comisionado de la Oficina de Servicios para Niños y Familias al cumplir los 18 años de edad;
    Y
  • El joven debe haber sido beneficiario de Medicaid en su 18avo cumpleaños o el día en que fue dado de alta.

Esta disposición se aplica a cualquier joven que cumpla con este criterio y que haya sido dado de alta después del 1ero de enero de 2007.

¿Son los jóvenes que cumplen con los criterios aún elegibles si regresaron a sus familias o fueron adoptatos después de haber sido dados de alta?

Sí. Cualquier joven que cumpla con los criterios señalados anteriormente es elegible, independientemente de sus arreglos de vida después de haber sido de alta.

¿Existen pruebas de ingresos o de recursos?

No. No hay pruebas de ingresos o de recursos.

¿Cuándo tiene efecto esta disposición?

Esta disposición tiene efecto a partir del 1 de enero de 2014. Los jóvenes que fueron dados de alta del sistema de cuidado de crianza pueden solicitar Medicaid en cualquier momento antes de que cumplan los 26 años de edad.

¿Son elegibles los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza para esta disposición en todos los estados?

Sí. Los estados deben cubrir a todos los jóvenes que fueron dados de alta del sistema de  cuidado de crianza en el estado y siguen residiendo en ese estado. Los estados pueden optar por cubrir a los jóvenes que cumplen con los criterios de elegibilidad, pero fueron dados de alta del sistema de cuidado de crianza en otro estado. Vea más abajo.

¿Serán elegibles los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza fuera del estado de Nueva York para esta cobertura?

Sí. Nueva York optó por cubrir a los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza en otro estado, pero ahora viven en Nueva York.

Los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza en Nueva York pero que ahora viven en otro estado tendrán que verificar con el programa de Medicaid en el estado donde ahora viven para determinar para qué programa de seguro de salud califican en ese estado.

¿Cómo se deben inscribir los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza en el programa de Medicaid bajo esta disposición?

Los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza deben comunicarse con el Departamento de Servicios Sociales del condado donde viven actualmente para inscribirse. Un directorio está disponible aquí o en la página Web de la OCFS .

Los jóvenes también pueden visitar al Departamento de Salud del Estado de Nueva York, para visitar el mercado de salud en Nueva York e inscribirse en un plan de salud.

¿Qué documentación necesitarán los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza para inscribirse?

Los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza no necesitan tener documentación con ellos cuando contacten a un condado para inscribirse. Los condados se encargarán de la verificación y de notificar a los jóvenes que estaban bajo cuidado de crianza cuando su elegibilidad esté confirmada. El proceso será más rápido si los jóvenes pueden ofrecer uno de los siguientes documentos:

  • Una declaración de la agencia estatal o del condado para comprobar que esa persona estaba bajo su custodia a los 18 años.
  • Un comunicado de la agencia responsable de la colocación verificando que el individuo estaba bajo la custodia del estado o condado a los 18 años.
  • Una copia de la orden judicial verificando que el individuo estaba bajo la custodia del estado o del condado a los 18 años.
  • Una copia de su Plan de Transición de Cuidado de Crianza que incluya el estatus de cuidado de crianza y el estado de Medicaid.
¿Tiene algo que hacer un joven que estaba bajo cuidado de crianza que ya está inscrito en Medicaid?

Los jóvenes que ya están inscritos en Medicaid no tienen que hacer nada. El programa de Medicaid ajustará su estatus para mantenerlos matriculados.

¿Qué medidas deberían adoptarse para que los jóvenes que estén dejando el sistema de cuidado de crianza se inscriban entre ahora y el 1 de enero de 2014?

Actualmente no debería haber NINGÚN cambio en cómo los jóvenes son dados de alta de cuidado de crianza. OCFS proporcionará orientación adicional a los distritos locales en cuanto esté disponible.

¿Qué debe suceder para asegurarse de que los jóvenes dados de alta del sistema de cuidado de crianza después de 1ero de enero de 2014 reciban este beneficio?

Los jóvenes serán inscritos en Medicaid cuando completen su plan de transición al ser dados de alta y podrán permanecer inscritos hasta que cumplan los 26 años.

Un agradecimiento especial para el Schuyler Center for Analysis and Advocacy y al Casey Family Programs por compilar esta información.